La caja en su punto de inflexión por los juicios al fondo solidario. - David Omar Gallardo

La caja en su punto de inflexión por los juicios al fondo solidario.

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(Imagen de Foto de: http://bit.ly/ZhGnB9)
USHUAIA.- Los famosos 54 juicios iniciados por distintos jubilados, reclamando la devolución de los montos descontados con el fin de conformar un fondo solidario, generaría un desequilibrio insalvable entre los aportes de los afiliados activos y pasivos.
Se calcula, a mano alzada, que son necesarios de unos ocho a diez trabajadores (afil. activos), a fin de sostener a un jubilado (afil. pasivos).
En la antigüedad, el sostén de los ancianos de la familia era realizado por la misma. A modo de ejemplo, ya estaba previsto en los Diez Mandamientos, cuando establece "Honra a tu padre y a tu madre", donde la honra significaba no sólo el respeto a los mismos, sino también el sostén económico a quienes llevaron en sus lomos la crianza y cuidado de la nueva generación.
La familia tradicional se fue modificando con el paso del tiempo, y también se fueron organizando diferentes sistemas de sostén para quienes veían disminuida su fuerza de trabajo por el paso de los años.
Volviendo a la situación actual, el sistema previsional provincial se ve agobiado por algunos jubilados que perciben un haber jubilatorio veinte veces superior al salario que percibe un trabajador, y que en su suma total estos pocos perciben casi la mitad del monto que los trabajadores aportan a la caja.
Los juicios llevados adelante, fueron iniciados por este pequeño grupo acaudalado (para contextualizar la gravedad, uno de ellos al momento de tramitar su jubilación justificó su residencia en la provincia con facturas del hotel donde se quedaba a dormir).
Desde el marco legal, se podrá argumentar que accedieron a su jubilación, y a esos montos inescrutables haciendo uso de su derecho. Pero estaríamos frente a un caso de un uso abusivo del derecho, en perjuicio del conjunto.
Como afirma Cossio, el jurista argentino, el derecho es la "conducta humana en interferencia intersubjetiva". Es por esta interferencia, propia del aspecto dinámico de la conducta humana, que ningún derecho es absoluto. Esto está también previsto en la Constitución Nacional, al aclarar que los derechos se ejercen "conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio".

LA INJUSTICIA LEGALIZADA.
Si la justicia falla a favor de estos pocos demandantes, que ya perciben más de la mitad de los fondos de la caja mensualmente, estaría decidiendo vulnerar y mutilar el derecho de los demás jubilados, es decir, sacrificaría a más del 70% de los jubilados por el pequeño grupo demandante.
Algún comentario fallido diría que el pequeño grupo de los demandantes son los despiertos, y los demás los dormidos. Frente a ello se podría contextualizar que del grupo de los dormidos, algunos apenas llegan a fin de mes, y es hasta lejana la posibilidad de pagar honorarios a un profesional para iniciar una presentación judicial.

ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA.
Finalmente una eventual sentencia judicial a favor de los demandantes, daría inicio a un desequilibrio que haría insostenible el sistema previsional.
Frente a este desequilibrio, una manera de satisfacer la demanda del pequeño grupo, sería a través de una Ley de Emergencia, dando al estado provincial la facultad de emitir Letras del Tesoro Provincial, a fin de satisfacer el pago de los juicios mediante las mismas, sin dejar de abonar en tiempo y forma los haberes previsionales en pesos al resto de los jubilados.
Respecto a los fondos necesarios para el sostén de la caja previsional, la creación de una nueva solución resultaría más gravosa para los actuales aportantes activos, los trabajadores, haciendo que el culto del sálvese quien pueda termine por aniquilar un sistema pensado desde la solidaridad.

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